Marcos Fernández Peña Los territorios a los que es aplicable el principio de autodeterminación son aquellos que: a) estén separados geográficamente del país que lo administra¹º y b) sean distintos del país que lo administra en sus aspectos étnicos o culturales. ¹¹ La libre determinación no implica únicamente independencia sino que, siempre que sea una libre elección de los pueblos, hay dos opciones más: la asociación con un Estado independiente o la integración con un Estado independiente. ¹2 Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. ¹3 Dentro de este esquema, en esta sección se explicará por qué, en el caso Malvinas, no se dan las condiciones de aplicabilidad que marca el punto El punto será analizado en el apartado siguiente, Que, como se vio en la introducción, fueron las condiciones que puso la URSS para apoyar la Resolución.
10 Resol. 1541, Principio IV: Existe a primera vista la obligación de transmitir información respecto de un territorio que está separado geográficamente del país que lo administra y es distinto de este en sus aspectos étnicos o culturales (Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 1541, consultada online el 11 10 2019 en https: undocs. org es RES 1541(XV. ¹¹ Resol. 1541, Principio V: Una vez establecido que se trata a primera vista de un territorio distinto desde el punto de vista geográfico y étnico o cultural, se pueden tener en cuenta otros elementos. entre otros, de carácter administrativo, político, económico o histórico. Si influyen en las relaciones entre el Estado metropolitano y el territorio de modo que éste se encuentra colocado arbitrariamente en una situación o en estado de subordinación, esos elementos confirman la presunción de que existe la obligación de transmitir la información que se pide en el inciso e del Artículo 73 de la Carta. Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 1541, consultada online el 11 10 2019 en https: undocs. org es RES 1541(XV. 12 Principio VI: Puede considerarse que un territorio no autónomo ha alcanzado la plenitud del gobierno propio: a) Cuando pasa a ser un Estado independiente y soberano; b)
Cuando establece una libre asociación con un Estado independiente; o c) Cuando se íntegra a un Estado Independiente (Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 1541, consultada online el 11 10 2019 en https: undocs. org es RES 1541(XV. 13 Principio II, Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 1514 de 14 de diciembre de 1960.
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