Ciudad de la Investigación, Universidad de Costa Rica

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g) Violaciones de las garantías del debido proceso legal 82.
Basándose en numerosos casos documentados, la OACNUDH ha observado que las violaciones a las garantías del debido proceso han sido generalizadas en los procedimientos judiciales en contra de aquellos acusados de haber cometidos delitos en el contexto de las protestas. Estos procedimientos no satisfacen los estándares básicos relativos a un juicio justo y a la igualdad de armas.
83.
Las personas detenidas son frecuentemente llevadas ante un juez después del periodo de 48 horas establecido en la Constitución ¹06. Por ejemplo, dos hombres jóvenes involucrados en las protestas, Glen Abraham Slate y Brandon Lovo Taylor, acusados del asesinato del periodista Ángel Gahona¹07, fueron detenidos el y el de mayo respectivamente, pero no fueron llevados ante el juez hasta el día de mayo. Al analizar la legalidad de algunas de las detenciones ocurridas entre el 18 de abril y el de junio, la Comisión de la Verdad, Justicia y Paz encontró que de los 505 casos de detenciones de los cuales tenía información (480 hombres y 25 mujeres. en 204 casos se había excedido la regla de las 48 horas. Todos fueron eventualmente dejados en libertad ¹08.
84. Los familiares de las personas cuyo paradero es desconocido usualmente presentan peticiones de Habeas Corpus 10⁹. La OACNUDH ha documentado en algunos casos, que los jueces designados para resolver sobre peticiones de Habeas Corpus habían fallecido.
Esto ha sido percibido como una táctica para demorar la resolución de esas peticiones por un juez competente. Con pocas excepciones, las peticiones de Habeas Corpus no han prosperado.
85.
El acceso a la asistencia de un defensor de su propia elección se ha visto restringido de diversas maneras en el caso de las personas detenidas en las protestas. algunas personas se le impuso a un defensor público en las audiencias iniciales a pesar de los intentos de organizaciones de derechos humanos de proporcionales un abogado privado.
Según los testimonios recibidos por la OACNUDH, en ciertos casos defensores públicos habían aconsejado a los acusados a declararse culpables, prometiendo que de esta forma sus sentencias serían así reducidas.
86. Algunos abogados están representando a personas arrestadas en relación con las protestas habrían sido regularmente amenazados por personas cercanas al Gobierno. En algunos casos, esto ha llevado a repetidos cambios en los equipos de defensa. Además, a los abogados no se les ha permitido entrevistarse en privado con sus clientes antes de las audiencias, lo que afecta a la calidad de la defensa. La OACNUDH ha recibido testimonios de cómo personas detenidas, incluyendo algunas que han estado detenidas durante más de dos meses, no han sido autorizadas a reunirse con sus abogados.
87.
Abogados y familiares de personas detenidas en relación con las protestas no son notificados apropiadamente del horario de las audiencias a través del programa en línea de notificaciones judiciales. Las audiencias en estos casos son realizadas en privado sin que los jueces expliquen las circunstancias que justifican tal decisión. Esto contraviene normas 106 Ver artículo 33 (2. de la Constitución de Nicaragua.
107 Ver párrafo 92.
108 Ver Comisión de la Verdad, Justicia y Paz, Informe Preliminar, 10 de julio de 2018, 18, disponible en: https: www. cvjp. org. ni uploads documentos 20180712140852493. pdf 109 Recursos de exhibición personal.
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