Ciudad de la Investigación, Universidad de Costa Rica

Descargar

ACUERDO DE RENEGOCIACION DE LA DEUDA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CUBA EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR DE ANGOLA El Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Popular de Angola, con vistas a renegociar la deuda contraída por la República Popular de Angola con acreedores cubanos, han acordado lo siguiente: ARTICULO I: Definiciones: En este acuerdo excepto que expresamente se indique lo contrario: a) Gobierno de Cuba. Significa el Gobierno República de Cuba.
de la b) Gobierno de Angola. Significa el Gobierno de República Popular de Angola.
la c) Moneda de la deuda. Significa la moneda libremente convertible, en que se pagará la deuda. marcos de la República Federal Alemana, DEM) a que se refiere el presente Acuerdo.
d) Acreedor. Se entiende al Gobierno de Cuba, como las personas jurídicas grupos de éstas que residan realicen transacciones comerciales en la República de Cuba cualquier sucesor en título de ella.
e) Deudor. Se entiende al Gobierno de Angola (ya sea como deudor principal como garante) o cualquier persona jurídica que resida realice transacciones comerciales en la República Popular de Angola. f) Contrato. Significa el contrato celebrado entre un acreedor y un deudor que se refiere a la venta de mercancías y o servicios desde el exterior de la República Popular de Angola, a un comprador de este país o bien a la financiación de tal venta y que en cualquiera de los dos casos el acreedor haya otorgado o permitido un crédito al deudor.
mu